Plan Empresarial de Prevención de residuos (PEP)

Mecanismo definido en el RD 782/98, que desarrolla la ley de envases 11/97, para asegurar el cumplimiento efectivo de los objetivos de prevención y ecodiseño. Se trata de un documento que las empresas que superan unos determinados umbrales de peso de envase puesto en el mercado deben presentar (a la Comunidad Autónoma donde resida su sede social) cada tres años para su aprobación. Los PEP deben recoger, como mínimo: objetivos de prevención cuantificados que pretenden alcanzarse en los 3 años siguientes, medidas de Ecodiseño previstas para alcanzar dichos objetivos y mecanismos de control y seguimiento anual del grado de cumplimiento de dichos objetivos. Las empresas pueden cumplir esta obligación de forma individual o colectivamente a través del SCRAP al que estén adheridas.

El próximo Real Decreto de Envases y Residuos de Envases, cuya aprobación se espera a finales de 2022, derogará tanto la Ley 11/97 como el real Decreto 782/98 que la desarrolla, e incluirá un artículo específico en relación a los Planes empresariales de prevención y ecodiseño.